miércoles, 20 de noviembre de 2013

DERECHO A UNA FAMILIA



CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Y LA NIÑA
El 20 de noviembre se celebra en todo el mundo el Día Universal de la Infancia y el aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Ratificada por 192 países, la Convención sobre los Derechos del Niño (http://www2.ohchr.org/spanish/law/crc.htmsigue siendo un documento insuficientemente conocido y los derechos que recoge aún distan mucho de convertirse en realidad en numerosos rincones del planeta.
Días como el 20 de noviembre sirven para recordar que los derechos de la infancia están ratificados pero no garantizados.

DERECHO A UNA FAMILIA

Dado el tema del blog, queríamos centrarnos en el derecho de los niños y las niñas a vivir en familia; derecho que no aparece recogido como tal, pero que sí se expresa a través de varios artículos.
El derecho a una familia cobra especial atención en aquellos niños, niñas o adolescentes que, por algún motivo, han sido separados de sus familias biológicas y se encuentran en el sistema de protección.
Actualmente el procedimiento, en la mayoría de los casos (aunque parece que va cambiando poco a poco) es que, cuando un menor se encuentra en una situación de desprotección y es separado de su familia biológica, pasa a un centro u hogar tutelado por la administración.
Y decimos que está cambiando porque, ante la insistencia y el trabajo de organizaciones como Cruz Roja, de sus técnicos del Programa de Acogimiento familiar así como de Asociaciones de Familias de acogida, se están empezando a ver casos en los que los menores no pasan por un centro, sino que son llevados directamente a una familia de acogida.

Pensar por un momento en vuestros hijos o hijas. O en vosotros mismos cuando erais pequeños. Imaginar que, un día, vuestra familia no puede cuidaros, no existen las redes familiares de apoyo suficientes para manteros en la familia biológica o la situación es tan grave que la medida es el alejamiento inmediato de la misma.
¿Cuál sería vuestra opción? ¿Qué os haría la vida más fácil? ¿Institución o familia?

HOGARES FRENTE A CENTROS. FAMILIAS FRENTE A INSTITUCIONES. 
Nosotros lo tenemos claro: siempre que se pueda… familia.
Cuando comenzamos con el acogimiento de la pequeña, fuimos varias veces al hogar en el que estaba. Un sitio pequeño (no un gran centro) dependiente de una comunidad religiosa con dos educadores contratados.
Nosotros sabemos que allí la pequeña estaba perfectamente atendida, era querida (y mucho) tanto por los trabajadores como por los otros niños y niñas y esa etapa la sirvió para adquirir muchas de las habilidades y hábitos que ahora tiene. Pero no es natural para una niña de tres años pasar once meses en una institución. Por muy bien que te cuiden, por muy bien que te atiendan.
Lo que se aprende en las familias va más allá. Supone adquirir e interiorizar comportamientos y hábitos familiares, asimilar patrones normalizados de convivencia, pertenecer  una comunidad (vecinos, familia extensa, amigos).
Como dice Paloma Fernández, presidenta de ASEAF, “El ser humano está hecho de una materia que necesita el beso de buenas noches, el abrazo de la familia... Por mucho que quieran ponerle ganas y cariño, los trabajadores de los centros no pueden darles eso a los niños. Los menores necesitan además el sentimiento de pertenencia a una familia para formarse como personas”.
Y qué cierto nos parece.


En el Plan de Infancia y Adolescencia que se aprobó en nuestro país el pasado 3 de abril, se recogen varios artículos y medidas para preservar este derecho a la familia:
  • Atender a las necesidades especiales de los niños y niñas en desamparo, priorizando siempre su integración en un núcleo familiar y la atención a sus necesidades sanitarias, educativas, etcétera. En este sentido, se va a priorizar el acogimiento familiar sobre el residencial.
  • Unificar los criterios de selección de las familias acogedoras.
  •  Crear redes de apoyo, tanto para la familia biológica que no puede mantener al niño o niña, como a la que lo acoge.
  • Pretender que ningún menor de tres años en situación de desamparo tenga que pasar por un centro residencial, sino que se integre en una familia. Para ello, se emplearán las "familias de urgencia", que darán un acogimiento profesionalizado en los casos en que sea necesario.
  • Crear la figura de la "guarda con fines de adopción", que permitirá, por ejemplo, que un bebé dado en adopción nada más nacer por su madre biológica pase directamente a vivir con una familia, aunque la adopción definitiva la decida un juez. 


Sabemos que esto de los Planes muchas veces (a menudo, demasiadas) no son textos de “acción” sino un conjunto de “buenas intenciones” por parte de las administraciones de cara a la galería, pero también es cierto que, de ponerse en marcha y cumplirse, este Plan propone medidas muy interesantes de cara a los menores.

El derecho a una familia se materializa en los menores protegidos por la administración (o debería ser así) en la posibilidad de vivir en una familia de acogida sin pasar por un centro hasta que su situación pueda resolverse.

Actualmente, de los 35.000 niños y adolescentes que las Administraciones tienen bajo su guarda o tutela, alrededor de 15.000 viven en instituciones.

¿Dónde está el derecho a una familia de estos menores? ¿Quién vela por cumplirlos cuando se supone que es la Administración quien debería hacerlo?


Si es que... hasta Pocoyó lo tiene claro! 




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